La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aprobó los nuevos formularios que tendrán que utilizar los empleadores de personal de casas particulares encuadrados dentro del régimen de la Ley Nº 26.844 para el pago de los aportes y contribuciones obligatorias y la cuota por la cobertura de riesgos del trabajo a partir del próximo vencimiento de noviembre 2014, mediante la publicación en el día de la fecha de su Resolución General Nº 3693.
Recordamos que mediante la Resolución Nº 2224/14 la Superintendencia de Riesgos del Trabajo reglamentó la contratación de las ART por parte de los Empleadores de Personal de Casas Particulares de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26.844 y su Decreto Reglamentario Nº 467/14 con vigencia desde el próximo lunes 3 de noviembre de 2014.
La flamante disposición del fisco establece que la cuota que se destina al pago de la cobertura del Sistema de Riesgos del Trabajo tiene carácter de pago anticipado y debe ser declarada e ingresada por el empleador en el mes en que se brindan las prestaciones. Es decir que la cuota que se paga en noviembre corresponde a las prestaciones del mismo mes, difiriendo en este caso del pago de los aportes y contribuciones que se pagan a mes vencido.
Los nuevos formularios habilitados por la AFIP son los siguientes: