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martes, 24 de junio de 2014

La contabilidad, proveedora de información vital para la toma de decisiones

Realmente estoy ganando dinero con mi negocio? ¿La rentabilidad me permite recuperar el capital invertido? ¿Hasta cuándo se puede endeudar la empresa sin poner en riesgo su sustentabilidad futura? Éstas y muchas preguntas más son los interrogantes que se puede plantear un empresario, un asesor, un banco o cualquier otro agente económico que se relacione con una entidad comercial. Aquí es cuando comienza a jugar un rol fundamental la información contable.

Muchas veces las decisiones se basan sólo en la intuición o en la experiencia, situación generalizada en la mayoría de las Pyme. Cuántas veces hemos escuchado frases como “no sé si gano o pierdo con la venta del producto”, o “creía que ganaba plata pero cuando me di cuenta, no me alcanzó para reponer mis maquinarias”, o “voy a un banco y no me prestan fondos porque no tengo forma de demostrar capacidad de repago”.

jueves, 12 de junio de 2014

Declaración Cuatrimestral de Monotributo Mayo 2014

Desde el 26 al 30 de Mayo de 2014, los miembros del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que -al finalizar el cuatrimestre- revistan la calidad de empleadores y/o se encuadren en alguna de las Categorías: F, G, H, I, J, K, o L, deberán presentar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la Declaración Jurada  Informativa Cuatrimestral de Monotributo, en la cual deben informar entre otros datos, las operaciones con los principales clientes y proveedores, sobre el local comercial o la energía eléctrica consumida.


Plazos:


La Declaración Jurada Informativa de Monotributo, referida a las operaciones realizadas entre los meses de Enero y Abril de 2014, deberá ser presentada en la página web de Afip, respetando los plazos fijados para su presentación según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable, entre el 26 y el 30 de mayo.


Anuncian Nuevo Plan de Pagos de la AFIP

Según publica en su sitio web el diario La Nación, El Ministro de Economía, Axel Kicillof, y el Administrador Federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray, anunciaron el lanzamiento de una moratoria para los contribuyentes que tengan deudas impositivas al 31 de marzo. El plazo será de hasta 24 cuotas con una tasa mensual del 1,9%.
La fecha límite de adhesión será el 29 de enero próximo y, como condición, los que se sumen no podrán despedir personal. La iniciativa fue propuesta por entidades empresarias como la UIA y CAME.
Estaremos atentos entonces a que la AFIP publique la resolución con los detalles de este nuevo plan de pagos.
Recordamos que hasta el momento solo esta vigente la moratoria de la RG 3516 a la cual pueden acceder aquellos contribuyentes con dos o mas empleados y con una facturación anual menor a los 10 millones de pesos.

Fuente:
http://www.cdormarcosfelice.com.ar/anuncian-nuevo-plan-de-pagos-de-la-afip/?utm_source=feedburner&utm_medium=email&utm_campaign=Feed%3A+CpnMarcosFelice+%28CPN+Marcos+Felice%29


Claves para Presentar la Declaración Jurada Informativa para Monotributistas

A partir del 26 de mayo y según terminación de CUIT comienza a vencer el plazo para cumplir con la obligación de la presentación de la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral para aquellos contribuyentes del Régimen Simplificado que estén encuadrados en dicha obligación de acuerdo a lo estipulado por la Resolución General AFIP N° 2888.
¿Quienes están obligados a presentarla?
Deberá ser presentada por los pequeños contribuyentes que, a la finalización del cuatrimestre calendario al que corresponda la información:
a) Se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L; o
b) revistan la calidad de empleadores, cumplan o no la condición señalada en el inciso precedente.

¿Cómo Generar y Obtener la Constancia de CUIL?

El Código Único de Identificación Laboral (CUIL), es el código que se otorga a todo trabajador al inicio de su relación de dependencia que pertenezca al Sistema Integrado Previsional Argentino, y a toda otra persona que intervenga en la gestión de alguna prestación de la Seguridad Social.
Si un trabajador es o ha sido autónomo y tiene asignada una Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), no debe tramitar el CUIL.
El número de CUIL es absolutamente necesario para que el empleador informe a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los aportes y contribuciones, y para cualquier trámite que deba realizar ante ANSES u otra entidad que lo requiera.
Cómo generarlo