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domingo, 28 de febrero de 2016

En Marzo 2016 vence el plazo para uso obligatorio de Factura Electrónica

Por medio de la R.G. 3793 del 10 de Agosto de 2015, la AFIP prorrogó la fecha de entrada en vigencia de la obligatoriedad de emitir facturas electrónicas para responsables inscriptos en el IVA

¨Artículo 1° — La obligación de emisión de comprobantes electrónicos establecida en los Títulos I y III de la Resolución General N° 3.749, su modificatoria y complementaria, se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados por la misma se incorporen al aludido régimen hasta el 31 de marzo de 2016.

Idéntico plazo regirá para lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16 de la Resolución General N° 3.779.¨

De esta forma todo los contribuyentes inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado quedarán obligados a adherirse al régimen de facturación electrónica. No podrán continuar emitiendo comprobantes en papel.
Las alternativas previstas por la Afip para emisión de facturas electrónicas son:

- Webservice, donde los contribuyentes pueden usar programas informáticos tradicionales o en la nube que se conecten vía web con el sistema de la Afip.
- A través de la página de Afip para emitir los comprobantes on line.


La segunda alternativa podrá ser utilizada por aquellos contribuyentes que por la poca cantidad de comprobantes que emiten en el mes , no justifican utilizar un sistema específico.


Fuente:
http://blog.sos-contador.com/2016/02/en-marzo-2016-vence-el-plazo-para-uso.html?utm_source=feedburner&utm_medium=email&utm_campaign=Feed%3A+SoftwareParaContadoresOnLineSosContador+%28Software+para+Contadores+on+line+SOS+CONTADOR%29


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