Página de novedades y de contacto de Asesores En Mendoza

Contactos:

Suscripción a nuevas entradas: (Colocá tu mail debajo para recibir novedades)

lunes, 29 de octubre de 2012

Nueva Ley de Riesgos de Trabajo


Los cambios en la nueva ley de riesgos del trabajo


A partir de ahora, el trabajador deberá cobrar la indemnización correspondiente, que se incrementó, o ir directamente a juicio. Qué son las nuevas ART-Mutuas.

El miércoles el Congreso aprobó la reforma a la ley de riesgos del trabajo que, seguramente, recibirá planteos de inconstitucionalidad que llevarán a un pronunciamiento de la Corte Suprema, como ya pasó con esta ley sancionada en 1994.

Así, ocho años después, y tras fuertes reclamos del sector empresario, el Gobierno se inclinó por impulsar la llamada “opción excluyente con renuncia” por la cual el trabajador accidentado, o sus familiares, deberán optar entre cobrar la indemnización tarifada del sistema o iniciar una demanda por la vía civil. “Los distintos sistemas de responsabilidad no serán acumulables”, dice la ley. A eso se agrega la transferencia del eventual reclamo judicial de la Justicia laboral al fuero civil.

En materia de indemnizaciones, la nueva ley fija que “cuando el daño se produzca en el lugar de trabajo o lo sufra el dependiente mientras se encuentra a disposición del empleador”, el trabajador o sus familiares recibirán un adicional del 20% “en compensación por cualquier daño no reparado”. “En caso de muerte o incapacidad total, esta indemnización adicional nunca será inferior a los $70.000”. De aquí se desprende que ese 20% adicional no se aplicará si el accidente se produce “in itinere”, en el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo o viceversa.

Además, se actualizan por la evolución de los salarios (RIPTE) los pagos adicionales de $80.000 a $120.000 que corresponden a las incapacidades mayores al 50%. Y el piso de $180.000 por el porcentaje de incapacidad, que se mantenía congelado a los valores de diciembre de 2009. En adelante esos valores se ajustarán cada 6 meses según la evolución del RIPTE.

Las indemnizaciones varían según el ingreso base (sueldo promedio de los últimos 12 meses), la edad del trabajador y el porcentaje de incapacidad.

Seguí leyendo en la fuente original aquí
Fuente:http://www.ieco.clarin.com/economia/cambios-nueva-ley-riesgos-trabajo_0_800320175.html



González Gaviola explica y defiende la nueva ley de Riesgo de Trabajo

El superintendente de Riesgos de Trabajo de la Nación habló con MDZ Online y detalló los alcances de la ley en general y de algunos de sus artículos en particular. Una norma que sólo fue apoyada por el oficialismo y el Pro, explicada por quien deberá velar por su cumplimiento.

Seguí leyendo la entrevista de mdzol.com en este link...


Puedes consultar la ley aquí

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por su comentario.
AsesoresEnMendoza.blogspot.com.ar

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.