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miércoles, 23 de abril de 2014

Impuesto a las Ganacias: Qué Proponen los proyectos de Ley que buscan actualizar el Mínimo No Imponible

Por estos días, es intenso el debate entre economistas y políticos respecto de si debe o no actualizarse el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias y cómo debería hacerse esa reforma de manera de aliviar el bolsillo de los contribuyentes y, a la vez, no desfinanciar las arcas del Estado. El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, dijo en la Cámara de Diputados que el gobierno estudiará todas las propuestas, pero advirtió que, para que prospere esa reforma deberá tenerse en cuenta el impacto fiscal que tendrá en la estructura tributaria. Entonces, ¿cuáles son las propuestas vigentes?

En el Congreso, los proyectos de ley sobre la cuestión sobran. El que está recién presentado en la Cámara de Diputados es el del Frente Renovador que lidera Sergio Massa que busca elevar de 15 mil de salario bruto a 19.256 pesos el mínimo no imponible. De esta manera, el texto propone que se incremente el piso a partir del cual los empleados pagan el gravamen en un 28,4%, calculado en función de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) entre el 2012 y 2013. “Hemos decidido subir el mínimo no imponible para los trabajadores, autónomos y jubilados, y actualizarlo de manera automática anualmente, para que aquellos que consigan una mejora del salario en la paritaria no se vean perjudicados por la presión impositiva”; se fundamenta en el texto.


En tanto, para paliar el impacto al fisco, este proyecto propone gravar las rentas financieras sobre los ingresos realizados de capital derivados de acciones –ya sea con y sin tasación en los mercados de valores–, títulos públicos, letras, obligaciones, bonos, títulos valores e intereses por plazos fijos.

En este último caso, estarían comprendidos solamente los depósitos superiores a 250 mil pesos y su alícuota sería del 15% el primer año, 20 el segundo, 25 el tercero y 35 a partir del cuarto año. Asimismo, entre las excepciones figuran los depósitos a plazo fijo derivados de indemnizaciones y cobros por accidentes del trabajo y de juicios previsionales.

Las utilidades de capital logradas por la intercambio de acciones quedarían exentas cuando las operaciones se concreten a un plazo mayor a 12 meses calendario. Sino, el gravamen sería equivalente al caso anterior. Se fijaría, por su parte, un tratamiento especial en el tributo para la emisión de nuevas acciones destinadas a proyectos de inversión, quedando liberadas los dos primeros años. Mientras que los ingresos de títulos públicos quedarían atados a un esquema similar al de los intereses de los plazos fijos.

El bloque radical también impulsa una adecuación de los montos de las deducciones. En este caso, de la mano del senador Ángel Rozas, quien propone una actualización de los descuentos contemplados en el artículo 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias: mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial, fijando como índice de referencia el salario fijado para los trabajadores activos por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, que se viene actualizando todos los años.

De esta manera, por ganancias no imponibles y cargas de familia, se calculó un monto equivalente a 5 veces el salario mínimo vital y móvil, actualmente fijado en 3.600 pesos, ascendiendo la deducción a $18 mil pesos. Por cada hijo/a, hijastro/a menor de 24 años o incapacitado para el trabajo, se fijan 3 Salarios Mínimo Vital y Móvil, es decir, 10.800 pesos anuales. Mientras que por deducción especial –ganancias de sociedades en las que trabaje personalmente–, el gravamen recae sobre los 36 mil pesos anuales.

En tanto, cada vez que ese Consejo negocie un nuevo valor del Salario Mínimo Vital y Móvil, se actualizarán esos montos. “Estas medidas se vierten dentro de un marco técnico obligado, contienen un profundo deseo y voluntad de fortalecer el poder adquisitivo de los trabajadores, los jubilados y sus familias, creando un marco de previsibilidad y certeza en la distribución, que evite los nefastos efectos que la inflación y la devaluación causan en el poder adquisitivo de la gente”, explicó el autor.

Otro de los que se sumó al pedido de revisión es el cordobés Miguel Schiaretti, con un plan para incrementar los montos de Ganancias, deducciones por cargas de familia y especiales para los trabajadores en relación de dependencia y los autónomos, de manera que el gravamen impositivo sea equivalente al vigente al 31 de diciembre de 1999. Para ello propone ponerlo al día con el Índice de Variación Salarial del período, que se incrementó 8,89 veces. Así, de aplicarse las modificaciones que impulsa, el piso de Ganancias sería de 22.736 pesos.

Además, plantea reformar la tabla del artículo 90 de la ley, que establece los tramos de ingresos a los que se les aplicará cada alícuota, de manera que, un salario bruto mensual de 25 mil pesos que hoy paga 2.376 pesos de impuesto (un 9,5%), pasaría a abonar 183 pagar mensual (un 0,7%). Posteriormente, Schiaretti subrayó la necesidad de renovar cada seis meses, de manera automática, tanto las deducciones como la tabla de progresividad del impuesto. Así las cosas, todos los espacios políticos tienen sus propuestas. Habrá que ver si el gobierno toma alguna de ellas o presenta su propio proyecto o decreto sobre el tema.


Fuente:
http://www.abogados.com.ar/impuesto-a-las-ganacias-que-proponen-los-proyectos-de-ley-que-buscan-actualizar-el-minimo-no-imponible/14243


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