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viernes, 27 de diciembre de 2013

Pagar más por Ganancias por no poder demostrar los movimientos bancarios ante AFIP

Existen diversos casos en los que uno aunque tenga la razón no pude demostrarla, este podría ser uno de esos casos o no, en cuanto al caso en que no se pudo demostrar los movimientos bancarios ante AFIP, debiendo pagar más por Ganancias.Este caso se trata de una causa, que pasó por la Justicia la que a su vez le dió la razón a AFIP.

Cómo AFIP Hace el Cruce de Datos:

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) había detectado ingresos no declarados por el contribuyente cuestionado. En este caso como en otros AFIP se valió de sus herramientas que le permiten detectar si un particular o firma no llega adeclarar todos los ingresos, lo que agrava más que indirectamente estarán evadiendo impuestos.

AFIP utiliza el sistema de cruce de datos, se apoya en su potente base de datos que va sumando información de las empresas respecto a susmovimientos bancarios, el pago con tarjetas de crédito, operacionesinmobiliarias, y demás operaciones dicha información sale de los diversos organismos del sector público.

Con esos datos los contrasta con las declaraciones juradas de dichos contribuyentes así pone ambas informaciones en contra y puede detectar si lo declarado o los datos de los regímenes de información cuál de ellos está incorrecto,a través de los agentes de AFIP que pueden detectar irregularidades y proceder.

Suele darse el ejemplo de empresas que por XXX venta de productos o prestación de servicios cobran un monto como puede ser $25.000 cuya venta o servicio decidieron no incluir en las liquidaciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias pero que depositaron en la cuenta bancaria de la empresa, con los cruces de información tarde o temprano AFIP termina detectando esa maniobra que para AFIP lejos está de ser un olvido u omisión y más una evasión.

Cuando detecta este tipo de indicios lanza una inspección sobre el contribuyentes o empresa, además de aplicar una determinación de oficio. Esto pasa cuando no presentan documentos probatorios de la no existencia de evasión con las consecuencias del caso.

Caso Testigo “Roberto Rio”:

Existe una reciente causa en la Cámara de Apelaciones que revocó la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación, dándole la razón a AFIP en cuanto a la acusación y al ajuste tributario para pagar más por Ganancias. Eso se da así ya que según los camaristas el contribuyente no aportó documentos respaldatorios sobre los movimientos bancarios de su cuenta y la inclusión en su declaración jurada de Ganancias. Algo que finalmente no logró probar.

Algo que resaltan los especialistas es la potente base de AFIP que le sirve para detectar operaciones que no suelen ser usuales en las cuentas. Un aspecto que resaltan es que este fallo “consagra el principio que para realizar una determinación sobre base presunta es necesario que primero se agoten todos los medios que rigen para la determinación sobre base cierta”.

AFIP había detectado ciertos movimientos en la cuenta corriente del contribuyente acusado “Roberto Rio”determinando de oficio que mantenía deuda por IVA y Ganancias, ante lo que le aplicó intereses y una multa. Esto ante unas transferencias no declaradas por una actividad financiera -por cambio de cheques de terceros-cobrando una comisión que no fue exteriorizada en las declaraciones juradas. Al realizar el cruce de datos quedó en evidencia.


Roberto Rio, se presentó ante el Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) en primera instancia los vocales le revocaron el ajuste sobre Ganancias, ya que según la investigación de AFIPfue “deficiente”, considerando que AFIP “pudo haber reunido elementos para apreciar la real situación objetiva del contribuyente” ya que de por si tiene amplias facultades.

Además Roberto Rio presentó sus declaraciones juradas de Ganancias quedando rectificados los importes al figurar los valores de las comisiones no ingresadas en las anteriores declaraciones juradas de Ganancias. Ante esto AFIP apeló el fallo ante la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, que fue la que falló a su favor.

Según el fallo de los jueces de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, el contribuyente “Roberto Rio” reconoció de forma expresa, durante la inspección de AFIP, que los ingresos provenian de una actividad no declarada ante AFIP.

Tampoco consideran como suficiente explicar cual es la procedencia de los fondos, ya que “resultaba indispensable conocer a ciencia cierta las operaciones involucradas y la metodología empleada a fin de establecer si el impuesto había sido ingresado correctamente”. Existiendo obligación y responsabilidad de los contribuyentes de entregar comprobantes y/o indicar la forma en que se generaron los ingresos, este debió demostrar lo contrario “con pruebas fehacientes el origen de las transacciones” por la que se lo acusa.

Los datos que aportó en la causa no alcanzaron para acreditar la actividad de “cambio de cheques” como tampoco para explicar cual fue el mecanismo o fórmula para calcular la renta obtenida. Así, los magistrados admitieron el recurso presentado por AFIP fallando a su favor y por ende revocando la anterior sentencia.

Los depósitos bancarios en las cuentas del contribuyente no fueron declarados, el mismo señaló que provenian de una actividad no declarada, y por el canje de cheques de terceros. Además de no poder reconstruir detalladamente dicha actividad, para establecer el monto de comisiones por canje de cheques, ante lo que aplicaron la “presunción sobre el total de depósitos bancarios”.

Sin dudas que fue trascendental el cruce de datos de AFIP para detectar los ingresos no declarados de este contribuyente. Algo que no todos los contribuyentes saben o no entiende es la importancia de sus movimientos en sus cuentas bancarias de parte de AFIP lo toma como uno de las principales operaciones a fiscalizar, a a hora de verificar o detectar exactitud o no de los ingresos declarados.

Por lo que AFIP fija muy de cerca su lupa sobre “operaciones atípicas” en las cuentas corrientes bancarias, operaciones como: prestarle un cheque a familiares o amigos, depositar un cheque de terceros y otras más, para lo que deben tener la suficiente documentación respaldatoria en caso contrario AFIP presumirá de gastos o ingresos no declarados.

El detectar depósitos bancarios no declarados pudiendo ser ingresos realizados por el contribuyente, se trata de los principales cruces de AFIP para detectar ventas en negro o ingresos no justificados. Tomando en cuenta la normativa la RG 3328/12 de exclusión del Monotributo al comprobarse depósitos bancarios cuyos importes supean al monto deingresos brutos anuales máximos del régimen.

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