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viernes, 20 de diciembre de 2013

Tratamiento de las Vacaciones y los feriados

Una pregunta que se repite bastante cuando se acercan las fiestas de fin de año es:
 
¿Qué sucede con los feriados cuando caen dentro del período de vacaciones?

Sobre todo en esta época, teniendo en cuenta que muchos empleadores otorgan las vacaciones en las dos últimas semanas de diciembre que implican los feriados de fin de año.

Al respecto, debemos tener en cuenta que las vacaciones, excepto que el convenio de trabajo indique otro tratamiento, se cuentan por días corridos. Por lo que, en el caso de que el día feriado fuese durante las vacaciones (no al inicio), ese día se contará como un día más.

Y decimos que no al inicio porque la licencia por vacaciones, según lo establecido en el artículo 151 de la Ley de Contrato de Trabajo, debe comenzar en día lunes o el siguiente día hábil en caso de que fuese feriado.

Art. 151 LCT: "...la licencia anual por vacaciones comenzará en día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado. Tratándose de trabajadores que presten servicios en días inhábiles, las vacacionesdeberán comenzar al día siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado. Para gozar de este beneficio no se requerirá antigüedad mínima en el empleo..."

Por lo tanto, sólo en el caso de comenzar la licencia por vacaciones en una semana con lunes feriado, el inicio de la licencia se pasará al siguiente día.

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