La Asignación por Embarazo para Protección Social, está destinada a aquellas mujeres embarazadas a partir de la decimosegunda semana de gestación, es decir, finalizado el tercer mes de embarazo y hasta el nacimiento o interrupción del estado de embarazo.
La documentación requerida para la acreditación de estos datos o su modificación, podrá consultarse en las Cartillas “ACTUALIZACIÓN DE VÍNCULOS FAMILIARES”, “CUIL (CÓDIGO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN LABORAL) – ALTA, ACREDITACIÓN Y/O MODIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES” y “CONVIVENCIA”.
La documentación requerida para la acreditación de estos datos o su modificación, podrá consultarse en las Cartillas “ACTUALIZACIÓN DE VÍNCULOS FAMILIARES”, “CUIL (CÓDIGO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN LABORAL) – ALTA, ACREDITACIÓN Y/O MODIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES” y “CONVIVENCIA”.
Si usted cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación.
Si se produce una modificación de sus datos personales o los de su grupo familiar, es obligatorio declarar dicha situación ante ANSES.
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR
Para solicitar la Asignación por Embarazo para Protección Social: Formulario PS.2.67 “Solicitud de Asignación por Embarazo para Protección Social” - Rubros 1 y 2 cumplimentados y Constancia de Inscripción de la titular embarazada al Plan Nacer / Programa SUMAR.
Para acreditar fin del estado de embarazo y percibir el 20%: Formulario PS.2.67 “Solicitud de
Asignación por Embarazo para Protección Social” - Rubros 1 y 3 cumplimentados y Constancia de Inscripción del menor al Plan Nacer / Programa SUMAR (en caso de interrupción del embarazo: acreditación del Rubro 3 del Formulario PS.2.67; y si hubo fallecimiento con posterioridad al nacimiento: partida de defunción del menor).
REQUISITOS QUE DEBE REUNIR
Para percibir la Asignación por Embarazo para Protección Social, la embarazada debe encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Encontrarse desocupada al igual que su grupo familiar (cónyuge o conviviente).
- No percibir ninguna prestación contributiva o no contributiva.
- Desempeñarse en la economía informal y percibir una suma de dinero igual o inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Ser trabajadora de temporada que se encuentre declarada con “reserva de puesto”.
- Ser trabajadora inscripta en “Plan Argentina Trabaja / Manos a la Obra” del Ministerio de Desarrollo Social o “Programa de Trabajo Autogestionado” del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
- Ser trabajadora inscripta en el Régimen de Monotributistas Sociales.
- Ser trabajadora incorporada en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleadas del Servicio Doméstico, (artículo 21 de la Ley Nº 25.239) y percibir una suma de dinero igual o inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Encontrarse privada de su libertad, incluyendo a aquella embarazada que desempeñe tareas dentro de las Unidades del Servicio Penitenciario Federal, inscriptas dentro del “Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario Federal (ENCOPE)”, y dentro del “Servicio Penitenciario Provincial de Córdoba”, siendo determinante la condición procesal de la interna.
- No tener cobertura de obra social (exceptuando a aquellas embarazadas que sean Monotributistas Sociales, empleadas del Régimen Especial de Seguridad Social para
- Empleadas del Servicio Doméstico o trabajadores de temporada).
Además, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener DNI (la constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
- Residir en el país.
- Ser argentina nativa o naturalizada.
- Si es extranjera, una residencia mínima de 3 años en el país.
- Estar inscripta en el Plan Nacer / Programa SUMAR y realizarse los controles que ese Plan establece (exceptuando a aquellas embarazadas que sean Monotributistas Sociales, empleadas del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleadas del Servicio Doméstico o trabajadores de temporada).
ACLARACIONES
Esta asignación se abonará hasta un máximo de 6 mensualidades, aun cuando la titular embarazada estuviese percibiendo la Asignación Universal por Hijo por otros menores.
Esta Asignación Universal se liquidará solamente a la titular, y se abonará una sola asignación, aun cuando se tratase de un embarazo múltiple.
Si la titular embarazada fuese menor de 18 años, deberá designar un representante natural o legal para la percepción de la Asignación. Los representantes podrán ser:
• Padre o madre, debiendo acreditar el vínculo, a través de la presentación en original y copia de: la partida de nacimiento del menor, DNI del menor y DNI del padre o madre designado.
• Tutor o Guardador acreditando el vínculo con el original y copia de la Partida de Nacimiento, DNI actualizado (del menor de 18 años), copia certificada de la Sentencia de Tutela o Guarda y con la documentación actualizada que acredite la identidad del Tutor/Guardador.
• Pariente por consanguinidad hasta el tercer grado (abuelo, tío o hermano), presentando Información Sumaria Judicial, o en su defecto, informe de profesional competente del Ministerio de Desarrollo Social, que acredite a la vez las siguiente condiciones: parentesco, convivencia con el niño, adolescente o persona discapacitada, que se encuentre a su cargo; y que no exista guardador, tutor o curador designado judicialmente.
Fuente:
http://sbasualdo.com.ar/2014/03/05/cuales-son-los-pasos-para-obtener-la-asignacion-por-embarazo/
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